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HISTORIAL
 
¿CUANDO SE DEBEN PRESENTAR LAS DECLARACIONES DEL 2006?
 
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El Calendario Tributario 2006 incluye las fechas de presentación de las declaraciones de renta, IVA, Patrimonio, Retención en la Fuente.

El Gobierno Nacional fijó el calendario con las fechas de acuerdo con el último dígito del NIT, en el que los contribuyentes tienen que presentar sus declaraciones de impuestos.

RENTA

El director de la DIAN, Oscar Franco, afirmó que cerca de 5.500 empresas clasificadas como grandes contribuyentes tienen que presentar declaraciones de renta.

El plazo para presentar la declaración de renta se inicia el 3 de febrero de 2006 y vence entre el 17 y el 21 de abril del mismo año, atendiendo los dos últimos dígitos del NIT del declarante.

El impuesto se podrá pagar en cuotas, la primera de ellas el 10 de febrero y debe ser por el 20 por ciento del total del gravamen.

Si el último dígito del NIT de la empresa termina en 9 ó 0, debe presentar la declaración el 17 de abril; si termina en 7 u 8, la presentará el 18 de abril; y así sucesivamente hasta el 21 de abril si el último dígito termina en 1 ó 2.

PERSONAS NATURALES

En el caso de las personas naturales se tiene que presentar la declaración de renta de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, que consten en el Registro Único Tributario (RUT), a partir del 3 de febrero de 2006.

Si los dos últimos dígitos van del 01 al 05, el plazo vence el 24 de abril; si los dos últimos dígitos van del 06 al 10, el plazo vence el 25 de abril y así simultáneamente hasta cuando los dos últimos dígitos estén entre 96 y 00 que vencerá el 22 de mayo.

IVA

La declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue siendo bimestral y las presentaciones arrancan el 6 de marzo para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT terminen en 9 ó 0.

En el caso de los contribuyentes con los dos últimos números 7 u 8 se debe presentar el 7 de marzo; si es 5 ó 6, el 8 de marzo; si es 3 ó 4, el 9 de marzo; y si es 1 ó 2, el 10 de marzo.

IMPUESTO AL PATRIMONIO

La tarifa del impuesto al patrimonio es del 3 por mil y la pagan los contribuyentes cuyo patrimonio sea superior a los 3 mil 344 millones 378 mil pesos.

La primera cuota se debe pagar el 26 de mayo de 2006 y la segunda el 22 de septiembre del mismo año.

RETENCIÓN EN LA FUENTE

Esta declaración la deben presentar los empresarios de acuerdo con el dinero que le retienen a sus trabajadores y a los terceros con los cuales efectúen operaciones

Se debe presentar mensualmente y las fechas de vencimiento dependen de último dígito del NIT de la empresa.


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